septiembre 02, 2012

CONCESIONARIA DE TERMINAL TERRESTRE SE NIEGA PAGAR DE ACUERDO A CONTRATO FIRMADO


Consorcio Global Red Service y Socicam Brasil, el que se hizo de la buena pro en un proceso irregular, ahora solo quiere dar mil soles de los 605 mil soles que según el informe del administrador, habrían registrado como ingreso durante 6 meses, correspondiéndole 120 mil nuevos soles a la MPH.



Con estupor recibimos esta información de cómo el Consorcio Global Red Service y Socicam Brasil, ahora denominado Terrapuertos Wari SAC, están aprovechando la indiferencia de toda una población por una propiedad que les corresponde, como es el terminal terrestre, ya que ahora se niega a dar el mísero porcentaje que establece el leonino “contrato” firmado por el ex alcalde y ratificado por el actual. Una oyente muy indignada calificó ese porcentaje como una limosna que da a la MPH el concesionario.
Richard Prado, supervisor del Terminal Terrestre, dio cuenta que de acuerdo al contrato la concesionaria debe depositar hasta los primeros días de febrero lo correspondiente a los 6 meses anteriores comprendidos entre julio a diciembre y en agosto lo correspondiente a enero a junio; sin embargo lo que corresponde a los meses de enero a junio 2012, se están negando a entregar a la Municipalidad provincial de Huamanga, habiendo entregado un cheque de mil nuevos soles, cuando de acuerdo al informe económico que entrega la misma empresa , asciende a más de 120 mil nuevos soles lo que debería corresponderle a la MPH.
Como el monto de mil soles no se ajusta a lo que corresponde , (sólo el 20%) el CPC Richard Prado, devuelve el cheque a Terrapuertos Wari Sac, el que negándose a cumplir con lo que estipula el “contrato”, deposita a una cuenta en el banco de la Nación los mil nuevos soles. Sobre la diferencia señalan que lo verán cuando se resuelva el laudo arbitral.
Abril mes de la Semana Santa disminuyeron ingresos
El 18 de julio del presente año, el CPC Richard Prado, le hizo llegar el Informe N° 019-2012 al Alcalde de Huamanga, haciéndole conocer las acciones sobre la supervisión que le corresponde realizar al contrato de concesión, informándole sobre la recaudación de enero a junio 2012 y observen que en el mes de abril (semana Santa) se registra un bajo ingreso, lo que nos lleva a pensar que no se está registrando todos los ingresos en ese informe:
Enero 2012: S/ 110,523.00
Febrero 2012: S/108,292.20
Marzo 2012: S/ 98,991.00
Abril 2012: S/ 94,517.53
Mayo 2012: S/ 93,605.33
Junio 2012: S/ 99,844.73
Total: S/ 605,774.95
Según la concesionaria, varios stands están exonerados de pagos. ¿Eso procede?
Nunca se instaló ascensor y escalera eléctricos
En el mismo informe da cuenta sobre el incumplimiento de la concesionaria en su obligación de colocar el ascensor eléctrico y escalera eléctrica, lo cual también fue puesto en conocimiento del Alcalde, Consejo de Regidores y de los procuradores Ad Hoc.
Luego, el 23 de julio de 2012, el Abog. Alberto Carrión Calderón, le hace llegar el Informe Legal N° 24-2012, al Alcalde Amilcar Huancahuari, sobre la resolución del contrato de concesión por falta grave que presentó el Supervisor del Terminal Terrestre, quien mediante carta N° 011-2012, comunica el 27 de abril del año en curso a la concesionaria que se ha vencido el plazo para subsanar lo indicado en la carta del 22 de febrero ( Inicio del procedimiento de caducidad del contrato de concesión , porque hasta la fecha no cumplió con la implementación del ascensor y escalera eléctricos, según adenda del contrato, en el que le advierte, de no cumplir se resolvería el mismo). En este informe, el Abog. Carrión concluye que para iniciar el proceso de caducidad por parte de la concesionaria no solamente se debe tener en cuenta la adenda del contrato sino el proyecto definitivo, las bases del concurso y la propuesta técnica presentada por la referida concesionaria y que se requiere el trabajo en equipo del supervisor, la procuraduría ad hoc y los asesores legal y el despacho de alcaldía.
Según los documentos mostrados por el CPC Richard Prado, Supervisor del Terminal Terrestre, el 01 de agosto de 2012, con la carta N° 013, devolvió el cheque por el monto de mil soles a Terrapuertos Plaza Wari SAC (TPW SAC), indicándole que no corresponde al importe que debieran dar por el semestre enero a junio 2012; el 6 de agosto le dirige la carta 014, en la que le otorga un plazo de 48 h9oras para efectuar el pago a favor de la MPH la suma de 120 mil 491 nuevos soles , monto que corresponde según los estados financierosal 20 % del ingreso registrado de enero a junio que asciende a 605 mil nuevos soles.
También le hace llegar la carta N° 15 a la Procuraduría Ad hoc, de la MPH, haciéndole conocer el pago parcial efectuado por la concesionaria, el plazo otorgado para que cumpla con el pago y solicita su opinión al respecto.
El 15 de agosto, Richard Prado le remite la Carta N° 016 a TPW SAC, poniendo en su conocimiento el inicio del proceso de caducidad del contrato de concesión del terminal terrestre por falta grave, otorgándole nuevamente un plazo de 60 días par a subsanar esa falta, de lo contrario se procederá con la
Resolución del Contrato. Si recordamos ya hubo una carta similar cuando no cumplieron con la instalación de la escalera y del ascensor eléctrico. No cumplieron con la instalación de lo que se señala y tampoco la MPH procedió con iniciar la caducidad del contrato.¿Pasará lo mismo con esta amenaza?
TPW SAC quiere más. Espera indemnización
Ante esto TPW SAC, el 17 de agosto le remitió una carta notarial al alcalde de Huamanga, indicándole que depositó los mil soles a una cuenta de la MPH en el Banco de la Nación, y que el integro de lo que corresponda , o sea el 20% del ingreso de los seis meses los 120 mil nuevos soles, los cancelará en la oportunidad que establece el contrato, fecha en la cual contarán , dice, con el laudo arbitral que dilucide la controversia sobre la caducidad de la concesión y establezca el monto de indemnización.
Según el Supervisor eso no estipula el contrato en ninguna de sus partes, por lo que esperará los 60 días otorgados para la regularización. Respecto a la indemnización, será posible que pueda darse una indemnización a un consorcio que no invirtió un solo sol y más bien causó tremendo perjuicio económico a Ayacucho. En todo caso ¿quién debe dar la indemnización, no será más bien este consorcio?
Finalmente el Abog. Carrión responde a la petición del supervisor, con un informe legal N° 27, en el que concluye que el inicio del proceso de caducidad es prematuro, hecho que se dio cuenta en el programa La Noticia en el Comentario, lo que, según declaraciones del Abog. Edgar Oriundo, los motivó a que se reunieran y acordaran emitir el Informe Legal N° 28, en el que dejan de lado lo manifestado en el Informe Legal 27 y más bien indican que siga el proceso de caducidad.
Por lo visto todo viene saliendo tal y conforme lo planificaron los interesados en beneficiar al consorcio Global Red service y Socicam Brasil. ¿El dinero ganado les dará también tranquilidad a sus conciencias?

Fuente: La Calle

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